¿A quién y cómo denunciar por defectos de la construcción?

Como abogados para reclamaciones por defectos de la construcción en Madrid, en BUFETE ALBANÉS participamos con frecuencia en estos procedimientos tan complejos. Y lo hacemos tanto a cargo de la defensa como ejerciendo la acusación. 

¿Cómo se regulan las reclamaciones por defectos de la construcción?

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) sirve de guía en este tipo de reclamaciones. Sin embargo, hoy no es la única norma que puede y debe tenerse en cuenta. Al contrario, lo mejor es abordar cualquier procedimiento de esta índole desde una perspectiva multilegal.

La utilidad de la LOE se suma, por ejemplo, a la de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. De hecho, establecer suficientes garantías para que los clientes puedan afrontar posibles daños en las construcciones es su razón de ser.

¿A quién denunciar? La multitud de agentes complica la cuestión

Cabe pensar, si no se profundiza en el asunto, que es el arquitecto el responsable de cualquier defecto en la construcción. Pero, como abogados especialistas en responsabilidad civil profesional en Madrid, le aseguramos que esto no siempre es así. 

En el sector de la edificación resulta muy difícil determinar en qué intervinientes recae la responsabilidad cuando surgen problemas. Aparte de arquitectos, entre otros, tenemos:

  • Geólogos y empresas de geotecnia: el comportamiento del suelo influye en el surgimiento de vicios constructivos. Normalmente, si a los geólogos no los contrata directamente el arquitecto, este último queda exento de responsabilidad.
  • Aparejadores: casi siempre se hacen responsables de la supervisión y el control de la ejecución material. A diferencia de los arquitectos, que se ocupan de la alta dirección y de facilitar los planos necesarios. 

Proyectistas, promotores y constructoras son otros ejemplos de agentes que participan en los procesos de edificación. Y entre ellos no existen competencias compartidas ni relaciones jerárquicas.

Ante este complejo planteamiento, es determinante contar con el asesoramiento de un bufete de abogados de prestigio en Madrid para no errar la estrategia reclamatoria. 

¿La solución? Al parecer, las condenas solidarias

La norma hoy en los juzgados son las condenas solidarias. Los jueces, ante la imposibilidad de especificar la responsabilidad, condenan a todos los agentes demandados de forma solidaria para que se hagan cargo de la reparación de los defectos

No obstante, esto no siempre es lo más conveniente. Hay sentencias que fijan claramente las funciones de cada participante en el proyecto. Estas, siempre que sea posible, deberían tomarse como referencia, ya que son jurisprudencia asentada.

¿Qué plazos rigen para la reclamación de defectos de la construcción?

Si hay una duda recurrente que los clientes plantean a nuestros abogados especialistas en responsabilidad civil profesional en Madrid, es la que tiene que ver con los plazos. Estos dependen, sobre todo, del tipo de daños que se reclaman:

  • Defectos de acabado: 1 año si hablamos, por ejemplo, del levantamiento del parqué o de problemas de cierre en las puertas.
  • Inhabitabilidad de la vivienda: 3 años para reclamar goteras, mal funcionamiento de la calefacción o fallos de aislamiento.
  • Defectos estructurales: 10 años para los daños que afectan a la cimentación, a muros de carga o a vigas y forjados.

¿Quiere denunciar defectos de la construcción? ¿Necesita asesoramiento para hacer frente una reclamación por su actuación profesional? En BUFETE ALBANÉS & ASOCIADOS estaremos encantados de acompañarle en el proceso.