Responsabilidad Patrimonial Administraciones Públicas
Las Administraciones Públicas, pueden causar daños patrimoniales a empresas y particulares por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. La Constitución Española, en su artículo 106, regula el derecho de los ciudadanos a recibir una indemnización si sufren una lesión en sus bienes o derechos, salvo que concurra una excepción: la fuerza mayor.
Cuando algo así sucede, los afectados tienen derecho a iniciar una reclamación por Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas. El objetivo es conseguir que sean resarcidos por los daños generados en su economía o patrimonio.
Desde BUFETE ALBANÉS Y ASOCIADOS, ofrecemos un servicio especializado en reclamaciones derivadas del funcionamiento de los servicios públicos causantes de un daño patrimonial.
Destacan por su trascendencia en este ámbito las reclamaciones en el ámbito de la sanidad pública: Errores de diagnóstico, prescripción indebida de medicamentos, intervenciones quirúrgicas incorrectas y otros problemas semejantes pueden ocasionar un daño que el afectado no tiene por qué soportar.
La responsabilidad de las Administraciones en otros ámbitos
Es posible plantear la reclamación de Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas también en otros supuestos: Accidentes por estado inadecuado de la vía pública, mal funcionamiento de la Justicia, etc. En todos estos supuestos los profesionales de BUFETE ALBANÉS & ASOCIADOS evaluarán si concurren los requisitos para iniciar el procedimiento y poder reclamar una indemnización. Estos requisitos son:
- Existencia de un daño efectivo, contrastado, evaluable económicamente e individualizado.
- Un nexo de causa exclusivo y directo entre la acción u omisión de la Administración y el daño ocasionado.
- Que el afectado no tenga la obligación legal de soportar el daño producido.
Cada caso que nos encomiendan es único. Por eso realizamos un riguroso análisis de la situación para encontrar la mejor solución posible.
