¿Hasta dónde llega la responsabilidad de las Administraciones Públicas por la gestión de la pandemia?

La pandemia de la COVID-19 está generando una gran cantidad de daños físicos, morales y económicos en la sociedad. Por esta razón, tanto abogados, como jueces e, incluso, el propio gobierno, prevén un aluvión de reclamaciones a la Administración Pública por la forma de gestionar esta crisis sanitaria y económica sin precedentes.

Nos preguntamos, a continuación, hasta qué punto son el Estado y el resto de Administraciones Públicas responsables de todos estos daños. 

Los límites de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas

No cabe duda de que las idas y venidas en las decisiones tomadas por el Ejecutivo para tratar de frenar la expansión del virus han perjudicado a muchos ciudadanos, profesionales y empresas. 

Ello, inevitablemente, ha puesto sobre la mesa la posibilidad de reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración. Ya hay, de hecho, varios ejemplos a la vista, tanto en el ámbito económico como en el sanitario

¿Qué posibilidades reales de éxito tienen estas reclamaciones?

La declaración del estado de alarma

En primer lugar, hay que aclarar que la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo no inhibe al Estado de su responsabilidad frente a los daños que su acción o inacción ha causado. 

De igual forma, la responsabilidad de las comunidades autónomas en este contexto tampoco desaparece del todo. Se estableció un mando único en todo el país, pero determinadas materias, como la gestión sanitaria, se mantuvieron bajo el control de los gobiernos regionales.

Ahora, nos encontramos inmersos en un segundo y algo más laxo estado de alarma en todo el territorio español. Esta vez, cada comunidad autónoma tiene potestad suficiente para modular, dentro de unos límites, las medidas impuestas por el gobierno central. De este modo, se incrementa aún más su responsabilidad.

La inactividad y los retrasos en la toma de decisiones

Es conocida por todos la calificación de fuerza mayor que se le ha dado a la pandemia de la COVID-19. Sin embargo, su inherente carácter de imprevisibilidad pierde algo de fuerza ante la evidencia de que se conocía la existencia del virus en nuestro país desde finales de enero. Muchas de las reclamaciones a las Administraciones Públicas van a ir en esta dirección.

El caso particular de los profesionales sanitarios contagiados

Sobre todo en los peores momentos de la pandemia, en muchos hospitales los profesionales médicos han terminado por contagiarse de la COVID-19. ¿Tienen ellos o sus familiares derecho a reclamar? Es indudable que sí.

No obstante, establecer la relación directa de causalidad será definitivamente muy complicado. Y no hablamos de la relación evidente que existe entre la pandemia y los contagios, sino la que puede haber entre las decisiones adoptadas por la Administración y dichos contagios. Esto es lo que, tal y como establece la Ley de Contrato de Seguro, queda cubierto. 

Así, por ejemplo, tendrán cobertura los daños ocasionados por la falta de planificación a la hora de proveer de suficientes equipos de protección a los médicos.

El Estado ya está preparado para afrontar el gran número de reclamaciones que se avecinan. Concretamente, se ha previsto la centralización de su gestión y seguimiento bajo una única unidad, la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda.

 

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