La demora en la asistencia médica: ¿es condenable?

Por lo general, los servicios públicos de salud actúan eficaz y diligentemente, salvando a diario la vida de muchas personas. Sin embargo, en contadas ocasiones hay que lamentar la existencia de negligencias médicas.

De entre todas ellas, la que más llama la atención es, quizá, el excesivo tiempo de espera hasta que llega la ambulancia. En estos casos, los pacientes y sus familiares tienen derecho a reclamar.

En todas las profesiones tienen lugar negligencias de todo tipo, pero, concretamente en el ámbito de la salud, sus consecuencias pueden ser muy graves. Y lo que es aún peor, irremediables. Por esta razón, los juzgados han condenado ya a través de sus sentencias a los servicios públicos de salud de diferentes comunidades autónomas.

Algunos ejemplos de negligencias y sus condenas

Nuestro equipo de abogados especialistas en negligencias médicas en Madrid sabe muy bien, hasta dónde llega la responsabilidad de las autoridades competentes en esta materia. Para que también usted pueda hacerse una idea, vamos a hacer un repaso por algunas de las negligencias de esta clase que han terminado en condena:

  • Condena al SERGAS (Servicio Galego de Salud): la Xunta y su aseguradora deben pagar una indemnización de 000 euros a la familia de un hombre de 65 años. Falleció en el hospital, después de que la ambulancia tardara 34 minutos en asistirle.
  • Condena al SUMMA (Servicio de Urgencia Médica de Madrid): hasta 5 llamadas realizaron al SUMMA los familiares de un hombre que falleció por una parada cardiorrespiratoria. Desde el primer aviso, la UVI móvil tardó una hora en llegar. Por ello, se condena a la Administración a pagar una indemnización de 000 euros.
  • Condena a la Empresa Pública de Emergencias de la Junta de Andalucía: en este caso, la asistencia médica tardó casi 4 horas en llegar al domicilio. La causa fue un fallo de coordinación entre los responsables. La consecuencia, una indemnización de 000 euros para la familia del fallecido.

La reclamación por negligencia médica

A través de estos ejemplos se comprueba cómo la demora de la ambulancia puede ser considerada una negligencia médica. En consecuencia, es un hecho que se puede reclamar. De hecho esa es, precisamente, la principal recomendación que hacemos desde nuestro bufete de abogados de prestigio en el centro de Madrid. Pero, ¿cómo se desarrolla el procedimiento? ¿Qué pasos hay que dar?

Lo más importante de todo es poder demostrar, mediante la intervención de un perito médico, que los daños sufridos son una consecuencia directa del retraso de la ambulancia. Es decir, que se ha producido una mala praxis.

Como las ambulancias dependen del servicio público de salud, la reclamación hay que dirigirla a la Administración, en concepto de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios. En cuanto al plazo para reclamar, se dispone de un año desde el alta médica o desde el fallecimiento.

En ALBANÉS Y ASOCIADOS contamos con abogados especialistas en Administración Pública en Madrid. Cuente con nuestro asesoramiento y nuestros servicios jurídicos  si se encuentra en una situación similar y quiere denunciar.