Los tratamientos estéticos han experimentado un importante auge en los últimos años. Es común el deseo de mejorar la imagen y la apariencia física, por eso también se han incrementado considerablemente el número de clínicas especializadas en tratamientos como la depilación láser.
A pesar de su aparente sencillez, no hay que olvidar que los tratamientos estéticos generan reacciones distintas en cada persona. Por ejemplo, alguien con la piel muy blanca es mucho más proclive a sufrir reacciones adversas tras una sesión de depilación láser.
Como abogados especialistas en reclamaciones por negligencias médicas en Madrid, recordamos que estos centros están sujetos a una serie de obligaciones y responsabilidades con respecto a sus tratamientos y pacientes.
Las obligaciones de las clínicas estéticas
Las personas que se someten a tratamientos estéticos no son pacientes que necesitan curar una enfermedad. Al contrario, son personas sanas que se someten voluntariamente a una intervención para mejorar su apariencia física.
Precisamente por este motivo, sucesivas sentencias judiciales han considerado que, en estos casos, debe existir una mayor exigencia para alcanzar efectivamente el resultado que se espera del tratamiento. En consecuencia, las clínicas de estética, como profesionales de la salud, están obligadas a emplear la diligencia debida y todos los medios posibles de diagnóstico y tratamiento para conseguir un resultado positivo.
En este sentido, resultan esenciales las siguientes cuestiones:
- Las acciones comerciales deben ser veraces.
- Las clínicas han de ofrecer información previa a realizar el tratamiento.
- Se debe comunicar el grado de garantía que ofrece el tratamiento.
- El paciente tiene derecho a conocer exactamente las posibles complicaciones que puede originar su tratamiento.
¿Cuándo y cómo se realizan las reclamaciones por daños por tratamientos estéticos?
Hay tres situaciones ante las cuales nuestros abogados especialistas en negligencias médicas en Madrid recomiendan reclamar siempre:
- La clínica no ha facilitado la información necesaria y suficiente al paciente.
- Se ha pactado un resultado cierto con la clínica y este no se ha producido.
- Ha ocurrido una negligencia médica.
En este contexto, cobra especial importancia la publicidad de los tratamientos. Si la clínica o el profesional se comprometen o aseguran el resultado, tendrán que responder por ello si finalmente no se alcanza. Incluso si no existe una promesa concreta, pero sí se ha generado mediante la publicidad una creencia fundada en el resultado cierto del tratamiento.
En cualquier caso, si el resultado de un tratamiento es negativo, el paciente o sus familiares pueden reclamar por los daños y perjuicios causados, ya sean lesiones o secuelas, daños estéticos o el fallecimiento.
Centrándonos en la depilación láser, no es extraño que algunos pacientes experimenten quemaduras de distinto grado. Si esto sucede y las heridas no pueden revertirse, la clínica es responsable y su seguro tendrá que hacerse cargo de la indemnización. Los abogados especialistas en negligencias médicas decidirán la vía a utilizar en la reclamación, en función de las circunstancias particulares
Un caso real
En mayo de 2019, un juzgado de Madrid condenó a la aseguradora de una clínica a indemnizar con 4363 euros a una paciente por las quemaduras que sufrió en varias partes del cuerpo al realizarse una depilación láser. La sentencia considera que hubo negligencia, pues no se le realizó a la paciente un test previo para comprobar los riesgos de una reacción adversa.
Ante cualquier contratiempo relacionado con un tratamiento estético, nuestro bufete de abogados de prestigio en Madrid está a su disposición para ayudarle a determinar si es posible reclamar y, por lo tanto, obtener la indemnización correspondiente.