A finales de este mes de abril se ha conocido, tras casi ocho años de litigio, la resolución que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado en el contexto del procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado por la sanitaria Teresa Romero en 2014 por el sacrificio de su perro, Excálibur.
En este artículo, nuestros abogados especialistas en reclamaciones a la Administración Pública en Madrid analizan qué ha pasado y cuáles son los motivos de esta decisión judicial.
El mediático caso Excálibur: los antecedentes
Nos tenemos que remontar al año 2014 para conocer el inicio de este caso, que copó los informativos de nuestro país a lo largo de varios días. Hablamos de la primera crisis del Ébola en España, protagonizada por la auxiliar de enfermería Teresa Romero. Ella fue la encargada de asistir a algunos religiosos contagiados del virus en África, y terminó contrayendo ella también la enfermedad. En consecuencia, permaneció ingresada y aislada durante un mes en el Hospital Carlos III de Madrid.
A partir de ahí, la secuencia de acontecimientos es la siguiente:
- Nace en la sociedad, fomentado por los medios, un fuerte miedo a una crisis sanitaria.
- Se decide analizar el entorno de la enfermera y se detecta que los últimos días había estado en contacto estrecho con su perro, Excálibur.
- La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid toma la determinación de sacrificar al animal, a pesar de que no existían evidencias del contagio del perro.
- Excálibur es sacrificado el 8 de octubre de ese mismo año, un hecho que genera un gran revuelo social.
- Teresa Romero, tras recuperarse de la enfermedad, presenta una solicitud para iniciar un procedimiento para exigir responsabilidad patrimonial a la Administración por el sacrificio de su mascota.
- El 26 de febrero de 2015 la Viceconsejería de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid rechaza la solicitud.
- La enfermera y su pareja, Javier Limón, recurren la decisión.
- Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado dicho recurso.
La decisión del TSJM
En concreto, Teresa Romero reclamaba a la Administración un total de 150 000 euros por los daños morales que le ocasionaron el sacrificio de su perro. Sin embargo, los jueces del TSJM han optado por rechazar esta petición y por condenar en costas a los recurrentes. Tendrán que abonar 1200 euros.
¿A qué se debe esta reciente sentencia? Fundamentalmente, según lo que nuestros abogados especialistas en Administración Pública en Madrid han podido extraer de la resolución, al escaso conocimiento científico sobre la capacidad de transmisión del virus de los perros a las personas y por la imposibilidad de trasladarlo y custodiarlo vivo mediante un protocolo apto de bioseguridad para evitar el contagio de quienes entraran en contacto con el animal.
Literalmente, los jueces responsables de esta resolución afirman que el sacrificio era “inevitable”. Y terminan alegando que no existe bajo ninguna circunstancia antijuricidad en los hechos. Por tanto, no procede que se indemnice a los dueños de Excálibur por la responsabilidad patrimonial de la Administración madrileña.