Sobre herencias, testamentos y la protección del legado

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La sucesión de bienes y derechos de una persona fallecida a sus herederos es un tema fundamental y muy sensible entre las familias. En este artículo, examinaremos los principios fundamentales en materia de sucesiones.

¿Por qué debería hacer testamento?

En no pocas ocasiones las sucesiones o herencias pueden ser motivo de peleas o rupturas familiares, y es mucho más común de lo que parece.

Aunque es algo obvio, es importante hacer testamento antes de que sobrevenga cualquier enfermedad o accidente. Si no existe, la ley decidirá sobre el destino de los bienes.

Incluso siendo así se da muchísimos casos en los que no existe testamentaria, y es entonces cuando un juez entra en el contexto del trámite de la sucesión testamentaria.

¿Cómo hacer un testamento?

Un testamento se redacta ante notario, siendo estos, junto con los abogados los que se encargarán de cumplir las últimas voluntades de la persona fallecida. De esta manera, si la distribución de los bienes se efectúa adecuadamente, los herederos deben respetar este reparto.

A la hora de hacer el testamento, uno de los aspectos legales que siempre se deben tener en cuenta es el reparto de patrimonio en base a los establecido en la normativa española

En el Derecho Civil común, las legítimas son las siguientes:

  1. Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las 2/3 partes del total de la herencia. Para calcularla será necesario una vez concretada la masa hereditaria, dividirla en tres partes.
  2. En caso de que la herencia junto a los hijos del fallecido concurra el cónyuge viudo, éste tendrá derecho al usufructo del segundo tercio, el de mejora.
  3. Si no existen hijos, pero si ascendientes del fallecido, el cónyuge viudo tendrá derecho al usufructo de la mitad de toda la herencia.
  4. Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de los dos tercios (legítima larga) de la herencia.

¿Quiénes no pueden heredar?

Por ley, no podrán suceder:

  • Las criaturas abortivas.
  • Las asociaciones o corporaciones no permitidas por la Ley.
  • Los testigos en los testamentos.
  • Los incapaces.
  • El Notario que autorice el testamento, su cónyuge, parientes o afines hasta el cuarto grado, salvo en calidad de legatarios de algún objeto mueble o de una cantidad de poca importancia.
  • Los indignos para suceder.

¿Se puede desheredar?

Desheredar a un hijo es un acto legal muy serio que sólo puede hacerse bajo ciertas circunstancias extremas, como cuando el hijo ha cometido un delito grave contra el padre.

La ley es muy estricta en cuanto a las condiciones en las que se puede desheredar a un hijo.

La única manera es señalarlo expresamente en el testamento y mencionar la razón concreta por la que lo desheredas, que debe ser cierta y estar entre las razones que la ley da por válidas.

¿Se puede repudiar una herencia?

El beneficiario de una herencia puede aceptar o rechazarla, pero esta elección es irrevocable.

La aceptación implica la asunción de todos los activos y pasivos de la herencia, sin posibilidad de seleccionar partes específicas.

Los herederos menores de edad o con incapacidad deben contar con la supervisión de sus padres o tutores legales, y la renuncia a la herencia en estos casos requiere autorización judicial.

¿Pueden heredar los nietos en vez de los hijos?

En ciertas situaciones, los nietos pueden heredar directamente de sus abuelos si los padres de los nietos han fallecido o renunciado a la herencia.

En caso de que un heredero fallezca antes de la distribución de la herencia, su parte generalmente pasa a sus propios herederos a través del “derecho de representación,” permitiendo que la herencia se transfiera a la siguiente generación.

¿Qué diferencia hay entre una herencia y un legado?

La herencia abarca todos los bienes, derechos y obligaciones que una persona adquiere tras el fallecimiento de otra, ya sea por disposición testamentaria o por la ley cuando no hay testamento. El heredero es quien recibe estos activos de manera universal.

Por otro lado, el legado se refiere a la transmisión de un bien específico a una persona concreta, denominada legataria, y solo afecta a ese bien en particular, sin involucrar la totalidad de la herencia.

Los legatarios no asumen las deudas ni cargas generales de la herencia, siendo propietarios del bien legado desde el fallecimiento del causante, aunque la posesión debe ser entregada por el heredero o el albacea designado en el testamento.

¿Qué podemos hacer para ayudarle?

Si está pensando en hacer un testamento, no dude en contactar con nuestros abogados, y le ayudaremos en todo el trámite para que su herencia sea repartida según sus deseos.

Estar informado sobre las leyes y normativas que rigen las herencias es fundamental para tomar decisiones informadas y asegurarse de que los bienes y derechos se distribuyan de acuerdo con sus deseos y las disposiciones legales vigentes.

Nuestro equipo de abogados especializados en herencias estará para ofrecer el asesoramiento y la asistencia necesaria en todos los aspectos relacionados con este importante tema jurídico y tan personal.

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