Nuestro equipo de abogados especializados en derecho de seguros en Madrid conocen muy bien cuál es la realidad actual de las compañías aseguradoras. La pandemia de la COVID-19 les ha dejado abiertos, al menos, tres frentes claros:
- Como empleadores: se tienen que enfrentar a los numerosos contagios y bajas de personal, igual que el resto de empresas españolas desde 2020.
- Como administradores de capital: han de mantener el flujo que el propio sistema demanda.
- Como prestadores de servicios: deben continuar dando servicio a sus asegurados. Y, aún más importante, cubrir sus siniestros independientemente de las circunstancias.
Justo en este último apartado nos centramos en el presente artículo. Más concretamente, en las numerosas reclamaciones por cierre o pérdida de negocio que las aseguradoras están recibiendo. Nuestros abogados especializados en reclamaciones a seguros en Madrid explican si son viables y cómo están afectando a las empresas de seguros.
El punto de partida judicial
Aunque posteriormente ha habido más sentencias en la misma línea, sobre todo en el sector hostelero, la dictada por la Audiencia Provincial de Girona el 3 de febrero del 2021 marcó el punto de partida.
En el fallo, la compañía de seguros SegurCaixa Adeslas SA. es condenada a pagar 6000 euros al restaurante Bella Napoli. El motivo es el derecho a indemnización por la pérdida de ingresos derivada del cierre impuesto por el Gobierno al inicio de la pandemia.
En resumen, estas son las posturas de las partes implicadas:
- La aseguradora: se defiende alegando que no está obligada a cubrir las pérdidas procedentes de restricciones impuestas por las autoridades ni por casos de fuerza mayor.
- La del restaurante: se acoge a la Ley sobre el Contrato de Seguro y sostiene que la parte del contrato que exime de responsabilidad a la aseguradora se incluía en las condiciones generales, y estas no pueden ser en ningún caso lesivas para los asegurados. Además, recuerda que si existen condiciones que limitan los derechos del cliente estas tienen que ser comprendidas por este.
- La Audiencia Provincial de Girona: aclara que el cliente tenía la seguridad de estar cubierto en este sentido. Solo se aclaraba que no era así en la ‘letra pequeña’, una parte del contrato que además no se había firmado.
La postura oficial de las aseguradoras
¿Qué opinan las empresas de seguros de esta sentencia que probablemente ha sentado un precedente? La patronal de las aseguradoras, UNESPA, se ha pronunciado al respecto. Según han explicado, en España, en general, esta clase de pérdidas no están cubiertas. Para que lo estén, debería tratarse de daños materiales, no de decisiones gubernamentales.
En este sentido, cree que la sentencia de Girona se centra únicamente en criterios formales, sin entrar en el fondo del asunto.
¿Cómo se presenta el futuro para las compañías de seguros?
A pesar de la postura de UNESPA, queda clara la obligatoriedad de indemnizar a los clientes en este y otros casos ya juzgados. Por eso, es necesario que las aseguradoras estén bien preparadas, económica y judicialmente, ante la más que probable avalancha de reclamaciones.
Ahora bien, desde nuestro bufete de abogados de prestigio en el centro de Madrid tenemos constancia de que se está tratando de encontrar una solución conjunta. Una especie de cobertura público-privada que desde la patronal se ha trasladado al Gobierno pero que aún no se ha llegado a materializar.